Fundae
RECUPERE HASTA EL 100% DE LA INVERSIÓN EN LA FORMACIÓN DE SUS TRABAJADORES.
La Formación Profesional para el Empleo tiene por objeto impulsar y extender entre las empresas y los trabajadores una formación que responda a sus necesidades y contribuya al desarrollo de una economía basada en el conocimiento.
Por eso, para ayudar a las empresas en la inversión, es posible recuperar total o parcialmente el coste de la formación de sus trabajadores, gracias al crédito anual que poseen todas las empresas destinado a la Financiación de Formación Continua.
En EMC Formación, ejerciendo las funciones de Entidad Externa, podemos realizar las gestiones con Fundae para que puedan bonificarse las Acciones Formativas que su empresa realice.
¿CÓMO SE CALCULA EL CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA EMPRESA?
Las empresas que realicen formación para sus trabajadores pueden recibir bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. El porcentaje que puede deducirse será mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa.
El crédito de formación que dispondrán las empresas se calculará aplicando los siguientes porcentajes a la cantidad que hayan ingresado por Formación Profesional en el año anterior:
- Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%
- Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%
- Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%
- Empresas de 250 o más trabajadores: 50%
Todas las empresas tendrán un crédito anual mínimo establecido de 420 € que irá aumentando en función del tamaño de la plantilla.
GESTIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DE EMC FORMACION
EMC Formación le ofrece la posibilidad de gestionar y tramitar la formación para sus trabajadores, tanto en los cursos impartidos por nosotros como los impartidos con otros proveedores. Estos son los pasos a seguir:
1) Calcular el importe que pueden solicitar por cada acción formativa que se imparta para sus trabajadores.
Dependiendo del número de horas lectivas y de participantes, la cantidad a bonificar varía. Según sus necesidades le calcularemos dicho importe.
2) Tramitación de la Acción Formativa
Una vez calculado el importe de la bonificación, se establece un plan de formación para sus empleados. Seguidamente cursamos la solicitud y le tramitamos toda la documentación.
3) Realización de la Acción Formativa
La acción formativa a bonificar puede ser tanto cursos abiertos al público en general como formación a medida para ustedes, en sus instalaciones o en las nuestras. Se ha de tener en cuenta que su inicio se ha de comunicar a la Fundación Tripartita con un mínimo de 2 días de antelación.
4) Deducción de la bonificación
Una vez finalizada la formación se le comunicará el importe a bonificar, que lo podrá deducir directamente de los pagos a la Seguridad Social mediante los TCs posteriores a la fecha de finalización del curso.
¿QUÉ CURSOS SE PUEDEN BONIFICAR?:
Su empresa puede bonificar cualquier acción formativa superior a 2 horas de duración, destinada a ampliar la capacidades y habilidades de sus trabajadores. Dicha formación puede ser presencial (física o aula virtual), o mediante teleformación (plataformas e-learning).
Para más información o solicitud de presupuesto, contacta con nosotros.